Recursos adicionales relevantes al Artículo 10 ( Derecho
a la vida )
Lo siguiente son extractos de las convenciones existentes de derechos humanos:
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR)
Artículo 6(1): El derecho a la vida es inherente
a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie
podrá ser privado de la vida arbitrariamente.
Convención sobre los Derechos del Niño (CRC)
Artículo 6: 1. Los Estados Partes reconocen que
todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida.
2. Los Estados Partes garantizarán en la máxima medida posible
la supervivencia y el desarrollo del niño.