Adhesión – Ésta
es una manera en que un país puede llegar a ser Estado Parte
de una convención. Normalmente un país firma y luego
ratifica la convención de la cual quiere ser Estado Parte. La
adhesión ocurre cuando al mismo tiempo un país firma
y ratifica. Cuando un país toma esta acción, se dice
que ha “accedido” o se ha “adherido” a la convención.
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Aprobación – Esto
es cuando una convención propuesta se finaliza oficialmente
y queda abierta para que se le adhieran los países.
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Sociedad civil – Este
término tiene varias definiciones distintas. Aquí se
emplea como referencia amplia a las organizaciones e instituciones
no gubernamentales, primordialmente a aquellas que funcionan en el
sector sin fines de lucro, es decir que no son comerciales.
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Comité sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad – Éste
es el órgano establecido por la Convención encargado
de supervisar la implementación de la Convención en
el ámbito internacional. Considerará informes de los
Estados Partes sobre los pasos que han tomado para implementar la
Convención, y en algunos casos, tendrá la capacidad
de considerar quejas por violaciones de la Convención.
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Convención – Es
un documento jurídicamente vinculante, hecho por escrito, entre
dos o más países. (También se conoce algunas veces
como “tratado”, “protocolo”, “convenio”, “acuerdo” o “pacto”.)
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
está disponible aquí.
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Convenciones internacionales
principales de derechos humanos – Este término
se refiere al conjunto de convenciones de las Naciones Unidas sobre
derechos humanos; cada una cuenta con un comité de expertos
para supervisar su implementación. (Ver también “Órgano
de supervisión de tratados”.) La Convención sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad es la octava de este
grupo de convenciones.
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Derecho Internacional – Se
refiere a la legislación común entre una variedad de
países distintos. El Derecho Internacional puede identificarse
en diferentes sitios, lo que incluye convenciones internacionales y
el Derecho Consuetudinario Internacional .
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Entrada en vigor – Esto
ocurre cuando una convención se vuelve activa, lo que significa
que los Estados Partes deben actuar para implementar las obligaciones
asumidas contempladas en la convención. Por lo general, una
convención especifica qué cantidad de países debe
haber como Estados Partes antes de que la misma pueda entrar en vigor.
En el caso de la Convención sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad, debe haber 20 países como Estados Partes antes
de que dicha convención entre en vigor.
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Asamblea General – Este
es el órgano deliberante principal de las Naciones Unidas. Cada
Estado Miembro de las Naciones Unidas tiene derecho a tener representación
en la labor de la Asamblea General, y también, cada Estado Miembro
cuenta con un voto en las decisiones tomadas en la Asamblea General.
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Derechos humanos – Estos
son los derechos que todos tenemos por el simple hecho de ser seres
humanos. No hace falta ser miembro de un grupo especial, y tampoco
nadie puede otorgar estos derechos. Todas las personas, automáticamente,
tenemos derecho a gozar el amplio rango de derechos humanos por ser
seres humanos.
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Convención
de Derechos Humanos – Ésta es una convención
que trata específicamente sobre el tema de los derechos humanos.
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Carta Internacional
de Derechos Humanos – Éste es el nombre que
se utiliza para referirse a tres documentos fundamentales de la Ley
Internacional de Derechos Humanos: la Declaración Universal
de Derechos Humanos (UDHR, por sus siglas en inglés), el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(ICESCR, por sus siglas en inglés), y el Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR, por sus siglas en
inglés).
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Cooperación
Internacional – Éste es un término amplio
que se emplea en referencia a las diversas maneras en que pueden
trabajar conjuntamente los Estados Partes para hacer efectivas sus
obligaciones. La cooperación internacional puede tomar la
forma de asistencia de desarrollo, pero también, se relaciona
a compartir experiencias, tecnología y conocimiento, lo cual
puede hacerse entre los países desarrollados y los que están
en vías de desarrollo.
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Derecho Consuetudinario
Internacional – Éste es el tipo de Derecho
Internacional que se desarrolla como resultado de la práctica
de un Estado. Cuando hay Estados suficientes que participan en una
práctica o acción particular porque consideran que
están jurídicamente obligados a hacerlo, entonces se
dice que dicha práctica o acción ha llegado a formar
parte del Derecho Consuetudinario Internacional. (La cantidad de
Estados que se considere “suficiente” depende de la naturaleza
de la práctica en cuestión.) A menos que un Estado
se haya opuesto al desarrollo de una práctica específica
bajo el Derecho Internacional, está jurídicamente obligado
a cumplir con tal práctica. Algunas veces se emplean los tratados
para poner por escrito o “codificar” prácticas
que previamente sólo han sido parte del Derecho Consuetudinario
Internacional.
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Supervisión – En
Derecho Internacional, esto incluye el seguimiento para verificar si
los Estados Partes de un tratado hacen lo que sea necesario para cumplir
con las obligaciones jurídicas asumidas y contempladas bajo
la convención.
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Oficina del Alto Comisionado
de Derechos Humanos (OACDH) – Como se describe en
su sitio de Internet, la OACDH es un Departamento del Secretariado
de las Naciones Unidas cuyo mandato es promover y proteger el goce
y la plena realización, por todas las personas, de todos los
derechos que establece la Carta de las Naciones Unidas y en la legislación
y tratados internacionales de derechos humanos. El mandato incluye
la prevención de violaciones a los derechos humanos, asegurar
el respeto de todos los derechos humanos, promover la cooperación
internacional para proteger los derechos humanos, coordinar actividades
relacionadas en todas las Naciones Unidas, y fortalecer y agilizar
el sistema de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos.
Además de las responsabilidades designadas, la Oficina encabeza
los esfuerzos para integrar el enfoque de los derechos humanos en
la labor desarrollada por las agencias de las Naciones Unidas.
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Protocolo Opcional(Facultativo) – Éste
es un tipo de convención que se agrega a una convención
ya existente. No se usa típicamente para modificar o enmendar
la convención a la que se agrega, sino que trata más
bien asuntos adicionales no contemplados en la convención principal.
Con frecuencia, estos temas agregados tienen una naturaleza un tanto
controversial. Los países pueden decidir si van a ser o no Estados
Partes del Protocolo Opcional.
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Realización
progresiva – Éste es un principio del Derecho
Internacional que se aplica a los derechos económicos, sociales
y culturales solamente, pero no a los civiles y políticos.
Aunque algunos Estados siempre tienen la obligación inmediata
de llevar a cabo las obligaciones asumidas con respecto a los derechos
humanos, la realización progresiva permite que implementen
las referidas a los derechos económicos, sociales y culturales
sólo hasta donde puedan responder con los recursos disponibles
que posean. La realización progresiva permite a aquellos Estados
con recursos muy limitados tomarse más tiempo para implementar
obligaciones referidas a derechos económicos, sociales y culturales.
Los Estados que deseen hacer esto deben informar a los órganos
de vigilancia pertinentes las razones para hacerlo, y deben desarrollar
y actuar en base a planes que demuestren cómo implementarán
sus obligaciones con respecto a los derechos económicos, sociales
y culturales a medida que obtengan los recursos para hacerlo.
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Ratificación – Esto
ocurre cuando un país decide oficialmente adherirse como Estado
Parte de una convención, y cuando lo hace, decimos entonces
que el país “ratifica” la convención. Ésta
es una decisión muy seria, y cada país tiene sus propias
reglas sobre quién puede tomar la decisión para la ratificación
y cuál es el proceso de toma de decisiones que debe llevarse
a cabo. Un “instrumento de ratificación” es uno
que informa a otros países de que un país ha decidido
oficialmente adherirse como Estado Parte de una convención.
El instrumento de ratificación se envía por lo general
al secretariado de la convención. En la mayoría de los
casos de los instrumentos de derechos humanos de las Naciones Unidas,
los instrumentos de ratificación se depositan con el Secretario
General de las Naciones Unidas.
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Instrumento de “reservas,
interpretaciones y declaraciones” (RUD) – Esto
se refiere al instrumento de “reservas, interpretaciones y
declaraciones” (RUD, por sus siglas en inglés) que los
países pueden usar para quedar exentos de ciertas disposiciones
particulares de una convención, o para describir cómo
interpretan cierto lenguaje específico en la misma. Un país
entrega estos instrumentos al mismo tiempo que presenta el instrumento
de ratificación .
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Signatario – Esto
ocurre cuando un país ha firmado pero no ha ratificado todavía
una convención. Ser signatario implica que el país ha
indicado que está de acuerdo con la idea principal de la convención,
que acuerda no hacer nada que viole la idea principal de la convención,
y que está interesado en adherirse como Estado Parte en el futuro.
Ser signatario no significa que el país esté legalmente
obligado a cumplir con las disposiciones específicas de la convención,
como debe hacerlo cuando es Estado Parte.
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Modelo sociocultural
de la discapacidad – Ésta es una manera de
enfocar el tema de la discapacidad sin considerar al individuo o
a sus características físicas o mentales, sino más
bien a la interacción entre la persona y la sociedad. El modelo
sociocultural de la discapacidad propone que los problemas que enfrentan
las personas con discapacidad no son el resultado de un(os) impedimento(s),
sino más bien, de las barreras en la sociedad, las cuales
pueden ser de tipo físicas, de actitud, legislativas, informativas,
o cualquier otra resultante por la incapacidad de la sociedad o la
cultura para acomodar correctamente a una persona con discapacidad.
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Estado Parte – Éste
es un país que ha elegido adherirse a una convención.
Como resultado, el país se encuentra jurídicamente comprometido
a cumplir con las obligaciones previstas en la convención. Un
país puede adherirse como Estado Parte generalmente ya sea firmando
y luego ratificando la convención, o adhiriéndose a la
misma. (Ver también “Signatario”, “Ratificación”,
y “Adhesión”.)
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Convenciones temáticas
sobre derechos humanos – Éstas son convenciones
de derechos humanos que tratan específicamente sobre asuntos
de derechos humanos (como discriminación racial o tortura),
o un grupo particular de personas (como mujeres o trabajadores migrantes).
Estas convenciones no crean nuevos derechos, sino más bien
ellas elaboran derechos existentes en el contexto de un grupo o tema
específico.
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Tratado – Ver “Convención”.
Órgano de supervisión
de tratados – Está conformado por un comité de
expertos cuyo mandato es supervisar y monitorear la implementación
de una convención. Típicamente, una convención
indicará cuán grande el comité debe ser, el
criterio de selección de sus miembros, cuándo y dónde
se reunirá, y qué es lo que el comité está autorizado
a hacer en la implementación del monitoreo. Muchos comités
reciben informes de los Estados Partes donde se describe lo que un
país ha hecho para implementar las obligaciones asumidas establecidas
en la convención. Por lo general, el comité podrá hacer
preguntas sobre el informe al Estado Parte, y luego dar su opinión
como respuesta al informe. Los comités también pueden
recibir el mandato de presentar comentarios generales según
su interpretación de la convención. Algunos comités
pueden recibir quejas de individuos y/o grupos preocupados porque
un Estado Parte ha violado las obligaciones establecidas en la convención.
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Organización
de las Naciones Unidas (ONU) – Ésta es una
organización con membresía internacional que se fundó en
1945 y que cuenta con sedes centrales en Nueva York y en Ginebra.
Como lo describe su Carta de la ONU (la convención internacional
que estableció la ONU) las Naciones Unidas están dedicadas
a mantener la paz y la seguridad internacional; a desarrollar relaciones
amistosas entre las naciones; a cooperar para resolver problemas
internacionales económicos, sociales, culturales y humanitarios;
a promover el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales;
y a ser un centro para armonizar las acciones de las naciones para
lograr estas finalidades.
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Estado Miembro de
las Naciones Unidas – Se refiere a un país
que ha elegido adherirse a las Naciones Unidas. Para que un país
pueda ser miembro de la ONU, debe adherirse como Estado Parte de
la Carta de las Naciones Unidas, la cual es una convención
internacional con la cual deben cumplir jurídicamente todos
los Estados Miembros de las Naciones Unidas. Cuando la ONU comenzó en
1945, contaba con 51 Estados Miembros, pero la membresía ha
crecido ampliamente desde entonces, contando con 192 Estados Miembros
en el año 2006.
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