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oficial de las Naciones Unidas .
OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES
UNIDAS
PARA LOS DERECHOS HUMANOS
Los derechos humanos y las personas con
discapacidad
Resolución de la
Comisión
de Derechos Humanos 1998/31.
La Comisión de Derechos Humanos ,
Teniendo presente la promesa formulada por los Estados, en
virtud de la Carta de las Naciones Unidas, de proceder conjunta
y separadamente, en colaboración con las Naciones Unidas,
para mejorar la calidad de vida y lograr el pleno empleo y
condiciones de progreso y desarrollo económico y social,
Recordando que todas las personas con discapacidad tienen derecho
a la protección contra la discriminación
y a disfrutar plenamente de los derechos humanos en condiciones
de igualdad, conforme a lo establecido, entre otras, en las
disposiciones de la Declaración Universal de Derechos
Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos,
la Convención sobre los Derechos del Niño, la
Convención sobre la eliminación de todas
las formas de discriminación contra la mujer y el Convenio
sobre la readaptación profesional y el empleo
de personas inválidas (Convenio Nº 159), de la
Organización Internacional del Trabajo, Recordando
también el informe del Secretario General
presentado a la Asamblea General con las conclusiones del tercer
examen y evaluación quinquenal de la aplicación
del Programa de Acción Mundial para los Impedidos (A/52/351), Reafirmando
la validez y valor permanentes del Programa de Acción
Mundial para los Impedidos, aprobado por la Asamblea General
en su trigésimo séptimo período
de sesiones, que constituye un marco sólido e innovador
para promover y proteger los derechos humanos de las personas
con discapacidad, Teniendo presente que en la Declaración
y Programa de Acción de Viena y en la Cuarta Conferencia
Mundial sobre la Mujer se reafirmaron sin reservas los derechos
humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad,
y que en el Programa de Acción de
la Conferencia Internacional sobre la Población y el
Desarrollo y en el Programa de Acción de la Cumbre Mundial
sobre Desarrollo Social se reconoció la
necesidad apremiante de seguir promoviendo, especialmente,
la realización de los
objetivos de participación e igualdad plenas para las
personas con discapacidad, Reafirmando su resolución
1996/27, de 19 de abril de 1996, sobre los derechos humanos
de las personas con discapacidad, Recordando
la resolución 48/96 de la Asamblea
General, del 20 de diciembre de 1993, por la cual aprobó las
Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las
Personas con Discapacidad,Tomando nota del informe final del
Relator Especial de la Comisión de Desarrollo Social
sobre la vigilancia de la aplicación de las Normas Uniformes
sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad
(A/52/56, anexo), Reafirmando las resoluciones del Consejo
Económico
y Social 1997/19 sobre la igualdad de oportunidades para las
personas con discapacidad y 1997/20 sobre los niños
con discapacidad, Recordando la resolución 52/107 de
la Asamblea General, de 12 de diciembre de 1997, en que la
Asamblea exhortó a
que se asegurara el goce pleno y en condiciones de igualdad
de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales
por los niños con discapacidad, Acogiendo con satisfacción
las iniciativas sobre la convocatoria de conferencias internacionales
relacionadas con las personas con discapacidad, en particular
la celebración
en México, en diciembre de 1998, de la V Asamblea Mundial
de la Organizaci ón Mundial de Personas con Discapacidad
con el lema de "Hacia un siglo XXI que incluya a todos",
Destacando nuevamente la responsabilidad de los gobiernos de
eliminar o de facilitar la eliminación de las barreras
y obstáculos que
se oponen a la plena integración y participación
en la sociedad de las personas con discapacidad, y apoyando
los esfuerzos de los gobiernos por formular políticas
nacionales para alcanzar objetivos concretos a ese respecto,
Reconociendo la contribución
de las organizaciones no gubernamentales, en particular las
organizaciones de personas con discapacidad, en el esfuerzo
mundial por lograr la plena participación e igualdad
de las personas con discapacidad y garantizar a las personas
con discapacidad el pleno goce de los derechos humanos, Tomando
nota de los informes del Sr. Leandro Despouy, Relator Especial
de la Subcomisión
de Prevención de Discriminaciones
y Protección a las Minorías, y de la publicación
de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Derechos Humanos titulada “Los derechos humanos
y las personas con discapacidad” ,
en los que se propone la creación de un mecanismo internacional,
como ser un Defensor del Pueblo, para la protección
y promoción de los derechos humanos de las personas
con discapacidad, Tomando nota también del estudio de
la Org