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Derechos sobre Discapacidad = Derechos Humanos

CIDPD
GUÍA DE HERRAMIENTAS SOBRE LA RATIFICACIÓN DE LA CONVENCIÓN

El siguiente documento fue traducido al español por la OMPD. Ésta no es una traducción oficial de las Naciones Unidas . 

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS
PARA LOS DERECHOS HUMANOS

Los derechos humanos y las personas con discapacidad  
Resolución de la Comisión de Derechos Humanos 1998/31.

La Comisión de Derechos Humanos ,

Teniendo presente la promesa formulada por los Estados, en virtud de la Carta de las Naciones Unidas, de proceder conjunta y separadamente, en colaboración con las Naciones Unidas, para mejorar la calidad de vida y lograr el pleno empleo y condiciones de progreso y desarrollo económico y social, Recordando que todas las personas con discapacidad tienen derecho a la protección contra la discriminación y a disfrutar plenamente de los derechos humanos en condiciones de igualdad, conforme a lo establecido, entre otras, en las disposiciones de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y el Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo de personas inválidas (Convenio Nº 159), de la Organización Internacional del Trabajo,  Recordando también el informe del Secretario General presentado a la Asamblea General con las conclusiones del tercer examen y evaluación quinquenal de la aplicación del Programa de Acción Mundial para los Impedidos (A/52/351),  Reafirmando la validez y valor permanentes del Programa de Acción Mundial para los Impedidos, aprobado por la Asamblea General en su trigésimo séptimo período de sesiones, que constituye un marco sólido e innovador para promover y proteger los derechos humanos de las personas con discapacidad, Teniendo presente que en la Declaración y Programa de Acción de Viena y en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer se reafirmaron sin reservas los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, y que en el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo y en el Programa de Acción de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social se reconoció la necesidad apremiante de seguir promoviendo, especialmente, la realización de los objetivos de participación e igualdad plenas para las personas con discapacidad, Reafirmando su resolución 1996/27, de 19 de abril de 1996, sobre los derechos humanos de las personas con discapacidad,  Recordando la resolución 48/96 de la Asamblea General, del 20 de diciembre de 1993, por la cual aprobó las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad,Tomando nota del informe final del Relator Especial de la Comisión de Desarrollo Social sobre la vigilancia de la aplicación de las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (A/52/56, anexo), Reafirmando las resoluciones del Consejo Económico y Social 1997/19 sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad y 1997/20 sobre los niños con discapacidad, Recordando la resolución 52/107 de la Asamblea General, de 12 de diciembre de 1997, en que la Asamblea exhortó a que se asegurara el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales por los niños con discapacidad, Acogiendo con satisfacción las iniciativas sobre la convocatoria de conferencias internacionales relacionadas con las personas con discapacidad, en particular la celebración en México, en diciembre de 1998, de la V Asamblea Mundial de la Organizaci ón Mundial de Personas con Discapacidad con el lema de "Hacia un siglo XXI que incluya a todos", Destacando nuevamente la responsabilidad de los gobiernos de eliminar o de facilitar la eliminación de las barreras y obstáculos que se oponen a la plena integración y participación en la sociedad de las personas con discapacidad, y apoyando los esfuerzos de los gobiernos por formular políticas nacionales para alcanzar objetivos concretos a ese respecto, Reconociendo la contribución de las organizaciones no gubernamentales, en particular las organizaciones de personas con discapacidad, en el esfuerzo mundial por lograr la plena participación e igualdad de las personas con discapacidad y garantizar a las personas con discapacidad el pleno goce de los derechos humanos, Tomando nota de los informes del Sr. Leandro Despouy, Relator Especial de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías, y de la publicación de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos titulada “Los derechos humanos y las personas con discapacidad” , en los que se propone la creación de un mecanismo internacional, como ser un Defensor del Pueblo, para la protección y promoción de los derechos humanos de las personas con discapacidad, Tomando nota también del estudio de la Org