| GA Res que declara
IYDP anual
GA Res 31/123
Año Internacional de los Impedidos
La Asamblea General,
Reafirmando su arraigada fe en los derechos humanos
y las libertades fundamentales, los principios de la paz, la
dignidad y el valor de la persona humana y la promoción
de la justicia social, según se proclaman en la Carta
de las Naciones Unidas,
Recordando su resolución 2856 (XXVI) de 20
de diciembre de 1971, en la que proclamó la Declaración
de los Derechos del Retrasado Mental,
Recordando su resolución 3447 (XXX) de 9 de
diciembre de 1975, en la que proclamó la Declaración
de los Derechos de los Impedidos,
Recordando su resolución 31/82 de 13 de diciembre
de 1976 sobre la implementación de la Declaración
de los Derechos de los Impedidos,
1. Proclama el año 1981 Año Internacional
de los Impedidos, con el tema “participacion plena”;
2. Decide dedicar ese año a la realización
de una serie de objetivos, entre ellos:
(a) Ayudar a los impedidos en su adaptación física
y psicológica a la sociedad;
(b) Promover todos los esfuerzos nacionales e internacionales
tendientes a prestar a los impedidos asistencia, atención,
capacitación y orientación apropiadas, poner
a su disposición oportunidades de trabajo adecuado y
asegurar su integración plena en la sociedad;
(c) Estimular los proyectos de estudio e invetigación
destinados a facilitar la participación práctica
de los impedidos en la vida cotidiana, por ejemplo mejorando
su acceso a los edificios públicos y los sistemas de
transporte;
(d) Educar e informa al público sobre el derecho de
los impedidos a participar en los diversos aspectos de la vida
económica, social y política, y a aportar su
contribución;
(e) Promover medidas efectivas para la prevención
de la incapacidad y para la rehabilitación de los impedidos.
3. Invita a todo los Estados Miembros y a las organizaciones
interesadas a prestar atención al establecimiento de
medidas y programas encaminados a cumplir los objetivos del
Año Internacional de los Impedidos;
4. Pide al Secretario General que, en consulta con
los Estados Miembros, los organismos especializados y las organizaciones
interesadas, elabore un proyecto de programa para el Año
Internacional de los Impedidos y lo presente a la Asamblea
General en su trigésimo segundo período de sesiones;
5. Decide incluir en el programa provisional de su
trigésimo segundo período de sesiones un tema
titulado “Año Internacional de los Impedidos”.
102a sesión plenaria, 16 de diciembre de 1976
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