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Derechos sobre Discapacidad = Derechos Humanos

CIDPD
GUÍA DE HERRAMIENTAS SOBRE LA RATIFICACIÓN DE LA CONVENCIÓN

GLOSARIO

Adhesión – Ésta es una manera en que un país puede llegar a ser Estado Parte de una convención. Normalmente un país firma y luego ratifica la convención de la cual quiere ser Estado Parte. La adhesión ocurre cuando un país firma y ratifica al mismo tiempo. Cuando un país hace esto decimos que ha “accedido” o se ha “adherido” a la convención.

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Aprobación – Esto es cuando una convención propuesta se finaliza oficialmente y queda abierta para que los países se le adhieran.

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Convención – Documento jurídicamente vinculante, por escrito, entre dos o más países. (También se conoce algunas veces como “tratado”, “protocolo”, “convenio”, “acuerdo” o “pacto”.)

El bosquejo actual (en fecha febrero de 2006) de la convención internacional sobre las derechas y la dignidad de personas con inhabilidades está disponible aquí - observe por favor que este texto cambiará probablemente como las negociaciones alcanzan la conclusión.

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Convenciones internacionales principales de derechos humanos – Este término se refiere al conjunto de convenciones de las Naciones Unidas sobre derechos humanos; cada una cuenta con un comité de expertos para supervisar su implementación. (Ver también “Órgano de supervisión de tratados”.) Actualmente existen siete convenciones principales de esta índole, y se espera que la Convención de discapacidad sea la octava de este tipo.

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Entrar en vigor – Esto ocurre cuando una convención se activa, lo que significa que los Estados Partes deben actuar para implementar sus obligaciones contempladas en la convención. Por lo general, una convención especifica qué cantidad de países debe haber como Estados Partes antes de que la convención pueda entrar en vigor.

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Derechos humanos – Estos son los derechos que todos tenemos por el simple hecho de ser seres humanos. No hay que ser miembro de un grupo especial; nadie puede otorgar estos derechos. Todos automáticamente tenemos derecho a gozar el amplio rango de derechos humanos por ser seres humanos.

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Convención de derechos humanos – Ésta es una convención que trata específicamente sobre el tema de los derechos humanos.

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Implementación - Abarca todo lo que los Estados Parte deben hacer para cumplir con sus obligaciones jurídicas establecidas en la convención.

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Carta Internacional de Derechos Humanos – Este es el nombre que se utiliza para referirse a tres documentos fundamentales de la Ley Internacional de Derechos Humanos: la Declaración Universal de Derechos Humanos (UDHR), por sus siglas en inglés), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR), por sus siglas en inglés), y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR), por sus siglas en inglés).

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Derecho Internacional – Se refiere a aquella legislación que es común para una variedad de países distintos. Encontramos al derecho internacional en muchos lugares diferentes, lo que incluye convenciones internacionales y el Derecho Consuetudinario Internacional.

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Supervisión – En Derecho Internacional, esto incluye el seguimiento para verificar si los Estados Partes de un tratado hacen lo que sea necesario para cumplir con las obligaciones jurídicas contempladas bajo la convención.

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Ratificación – Esto ocurre cuando un país decide oficialmente querer ser Estado Parte de una convención, y cuando lo hace, decimos entonces que el país “ratifica” la convención. Ésta es una decisión muy seria, y cada país tiene sus propias reglas sobre quién puede tomar la decisión sobre la ratificación y cuál es el proceso de toma de decisiones que debe llevarse a cabo.

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Instrumento de ratificación – Este es un documento que informa a otros países que un país ha decidido adherirse oficialmente como Estado Parte a una convención. El instrumento de ratificación se envía por lo general al secretariado de la convención. En la mayoría de los instrumentos de las Naciones Unidas sobre derechos humanos, los instrumentos de ratificación se entregan al Secretario General de las Naciones Unidas.

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Instrumento de “reservas, interpretaciones y declaraciones” (RUD) – Esto se refiere al instrumento de “reservas, interpretaciones y declaraciones” (RUD, por sus siglas en inglés) que los países pueden usar para quedar exentos de ciertas disposiciones particulares de una convención, o para describir cómo interpretan cierto lenguaje específico en la misma. Un país entrega estos instrumentos al mismo tiempo que presenta el instrumento de ratificación.

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Signatario – Esto ocurre cuando un país ha firmado pero no ha ratificado todavía una convención. Ser signatario implica que el país ha indicado que está de acuerdo con la idea principal de la convención, que acuerda no hacer nada que viole la idea principal de la convención, y que está interesado en adherirse como Estado Parte en el futuro. Ser signatario no significa que el país esté legalmente obligado a cumplir con las disposiciones específicas de la convención, como debe hacerlo cuando es Estado Parte.

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Modelo sociocultural de discapacidad – Ésta es una manera de ver el asunto de la discapacidad, sin tomar en cuenta a la persona o sus características físicas o mentales, sino concentrándose en la interacción del individuo con la sociedad. El modelo sociocultural de la discapacidad propone que los problemas que enfrentan las personas con discapacidad no son un resultado del/de los impedimento/s de la persona sino más bien consecuencias de las barreras en la sociedad, las cuales pueden ser físicas, de actitud, jurídicas, informativas, o cualquier otro tipo de barrera que provenga de la falla de una sociedad o cultura en darle cabida a una persona.

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Estado Parte – Éste es un país que ha elegido adherirse a una convención. Como resultado, el país se encuentra jurídicamente comprometido a cumplir con las obligaciones previstas en la convención. Un país puede adherirse como Estado Parte generalmente ya sea firmando y luego ratificando la convención, o adhiriéndose a la misma. (Ver también “Signatario”, “Ratificación”, y “Adhesión”.)

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Convenciones temáticas sobre derechos humanos – Éstas son convenciones de derechos humanos que tratan específicamente sobre asuntos de derechos humanos (como discriminación racial o tortura), o un grupo particular de gente (como mujeres o trabajadores migrantes). Estas convenciones no crean nuevos derechos, sino más bien ellas elaboran derechos existentes en el contexto de un grupo o tema específico.

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Tratado – Ver “Convención”.

Órganos de supervisión de tratados – Está conformado por un comité de expertos cuyo mandato es supervisar y monitorear la implementación de una convención. Típicamente, una convención ha de indicar cuán grande el comité debe ser, el criterio de selección de sus miembros, cuándo y dónde se reunirá, y qué es lo que el comité está autorizado a hacer en la implementación del monitoreo. Muchos comités reciben informes de los Estados Partes donde se describe lo que un país ha hecho para implementar sus obligaciones establecidas en la convención. Por lo general, el comité podrá hacer preguntas sobre el informe al Estado Parte, y luego dar su opinión como respuesta al informe. Los comités también pueden recibir el mandato de presentar comentarios generales según su interpretación de la convención. Algunos comités pueden recibir quejas de individuos y/o grupos preocupados porque un Estado Parte ha violado las obligaciones establecidas en la convención.

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Organización de las Naciones Unidas (ONU) – Ésta es una organización con membresía internacional que se fundó en 1945 y que cuenta con sedes centrales en Nueva York y en Ginebra. Como lo describe su Carta de la ONU (la convención internacional que estableció la ONU) las Naciones Unidas están dedicadas a mantener la paz y la seguridad internacional; a desarrollar relaciones amistosas entre las naciones; a cooperar para resolver problemas internacionales económicos, sociales, culturales y humanitarios; a promover el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales; y a ser un centro para armonizar las acciones de las naciones para lograr estas finalidades.

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Estado Miembro de las Naciones Unidas – Se refiere a un país que ha elegido adherirse a las Naciones Unidas. Para que un país pueda ser miembro de la ONU, debe adherirse como Estado Parte de la Carta de las Naciones Unidas, la cual es una convención internacional con la cual deben cumplir jurídicamente todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas. Cuando la ONU comenzó en 1945, contaba con 51 Estados Miembros, pero la membresía ha crecido ampliamente desde entonces, contando con 191 miembros en el año 2002.

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